
22 Dic ¿Cómo pueden aplazar los autónomos los impuestos relativos al primer trimestre?

Hace unos días, se celebró un Consejo de ministros extraordinario que aprobó nuevas medidas económicas. Una de las más aplaudidas fue el primer paquete de ayudas directas a los autónomos y, además, reforzó otras vigentes desde el inicio de la pandemia provocada por la COVID19.
Entre ellas, destacan la ampliación a cuatro meses del aplazamiento de impuestos sin intereses para los pequeños negocios. Esta consiste en que los trabajadores por cuenta propia, tendrán la posibilidad de aplazar hasta agosto sus obligaciones tributarias sin tener que hacer frente a ningún recargo por ello.
El documento oficial recoge que se concederá el aplazamiento de las deudas tributarias cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el día 30 de abril de 2021, ambos inclusive. Es decir, en el marco del plan de rescate a los sectores más afectados por la COVID19, el Gobierno volvió a ofrecer una ampliación de aplazamiento de impuestos (esta vez de tres a cuatro meses), al que, podrán acceder todos aquellos autónomos y PYMES que facturen menos de 6 millones de euros y quieran posponer el pago de sus autoliquidaciones del primer trimestre, como IRPF, IVA o Sociedades, cuyo plazo de presentación terminaría habitualmente en el mes de abril.
Es por eso por lo que los autónomos interesados podrán aplazar los pagos de las retenciones e ingresos a cuenta de los modelos de retenciones trimestrales a trabajadores o empresarios (modelo 111); de arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles (modelo 115); también los pagos fraccionados del IRPF (modelo 130 y 131); los pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades (modelo 202) y la declaración trimestral de IVA (modelo 303).
Los trabajadores autónomos tienen que tener en cuenta que solo cuatro de los seis meses serán sin intereses. Será el propio contribuyente el que deberá cancelar la deuda de forma parcial o total antes de que pasen el plazo estipulado para no tener que hacer frente a intereses. Lo que sí tienes que tener claro es que la Agencia Tributaria no va a avisar ni solicitará la cancelación de la deuda pasados esos primeros cuatro meses.
Así que si el trabajador autónomo no cancela su deuda, deberá hacer frente durante los dos últimos meses (es decir, septiembre y octubre) a los intereses habituales en este tipo de operaciones, que rondan el 3,75%. Por ejemplo, en una deuda de 10.000€, aplazarla 6 meses le cuesta al contribuyente 62,50€ de intereses.
El aplazamiento máximo de la deuda será 30.000€

Según esta medida, el Gobierno va a permitir aplazar todos los impuestos que tengan un importe máximo de 30.000€. Además, como requisito para la concesión del aplazamiento se exigirá que el autónomo o empresario sea una persona o entidad con un volumen de operaciones no superior 6.010.121,04 euros en el año 2020.
El Gobierno ha hecho cálculos y espera que el importe total aplazado con esta medida ascienda a más de 2.600 millones de euros y el número total de personas beneficiadas por los aplazamientos sea de unos 617.000 contribuyentes, de loas cuales más de 90.000 serían del sector de la hostelería y restauración y 68.000 serían autónomos al frente de pequeños comercios.
¿Cómo se solicita este aplazamiento?
Si eres un profesional autónomo y quieres solicitar este aplazamiento, deberás presentar la solicitud de autoliquidación en la que figuran las cantidades a ingresar que quieres aplazar, por los procedimientos habituales, y marcando la opción «reconocimiento de deuda». Después, tendrá que acceder al trámite «presentar solicitud» dentro del apartado de aplazamientos de la sede electrónica de la Agencia Tributaria y rellenar los campos.
Así se rellena la solicitud
A la hora de rellenar la solicitud tendrás que completar los siguientes campos:
- Identificación del obligado tributario.
- Deudas a aplazar.
- Datos de domiciliación bancaria.
- Tipo de garantías ofrecidas, marcando la opción «exención».
- Propuesta de plazos: es decir, número de plazos, añadiendo el número «1».
- Periodicidad, donde se debe marcar la opción «no procede».
También debes completar el campo «Fecha primer plazo» con la fecha correspondiente a contar en un período de seis meses desde el fin de plazo ordinario de presentación de la autoliquidación.
También se podrá hacer a través de un smartphone

Además, la Agencia Tributaria quiere ponérselo fácil a los autónomos para que puedan aplazar sus autoliquidaciones a golpe de clic y a través de su smartphone. De momento, esta será una nueva funcionalidad que todavía tardará unos meses en ponerse en marcha y que estará disponible, seguramente, para verano. Tal y como han explicado desde la Agencia Tributaria, «la idea es hacer de esta aplicación un servicio mucho más genérico, que incluya prácticamente cualquier tributo».
Jesús Gascón, director general de la Agencia Tributaria (AEAT) anunció hace unas dos semanas que Hacienda ampliará, en los próximos meses los servicios de su aplicación, entre los que se añadirán, precisamente la posibilidad de aplazar sus deudas tributarias e incluso abonarlas. Un servicio sin precedentes y totalmente revolucionario, ya que no será necesario rellenar ningún apartado para completar el proceso».
Además, se espera que desde la aplicación, el procedimiento sea mucho más sencillo. Aunque, por el momento, no se sabe cuáles serán los impuestos que se podrán aplazar o pagar desde la propia app.
Se enviará un borrador de IVA
En abril, Hacienda enviará un borrador de IVA mejorado con el bloque de identificación e información censal ya cumplimentada y algunos podrán acceder al resultado final de la declaración. Para este año, además, se introducen algunas novedades como un nuevo buscador de epígrafes de IAE que indicará, al autónomo, en qué actividad debería encuadrarse al darse de alta, con tan solo introducir una breve descripción de su negocio.
Asimismo, una novedad muy importante, sobre todo en tiempos de pandemia, es que se implantarán las nuevas ADIs, administraciones de ayuda al contribuyente, que podrán ayudar a los autónomos a distancia a resolver trámites importantes para su negocio o requerimientos.