18 Ago ¿Cómo se calcula el finiquito por despido, baja o por fin de contrato del trabajador?
Todo trabajador tiene derecho a cobrar un finiquito, el cual puede ser difícil de calcular si no se sabe sobre la materia. Pero si quieres saber cómo calcularlo ya sea por despido, baja o por fin de contrato, no te preocupes porque a lo largo de este post te ofreceremos toda la información necesaria para que sepas cómo calcular la cuantía que le correspondería al trabajador en concepto de finiquito.
¿Qué es el finiquito?
Básicamente, se puede definir este concepto como la cantidad de dinero que te debe la empresa a la hora de finalizar la relación laboral entre el trabajador y la empresa. Este dinero que te debe la empresa puede ser las vacaciones no disfrutadas, el salario pendiente del mes en curso o la indemnización por despido.
Ya hemos dicho que todo trabajador tiene derecho a cobrar un finiquito por baja voluntaria, fin de contrato o por despido. Aunque hay que tener en cuenta que el concepto de finiquito e indemnización por despido son diferentes.
El primero de ellos se refiere a la cantidad que adeuda la empresa al trabajador por el tiempo que ha estado contratado mientras que la indemnización está compuesta por las compensaciones económicas que recibe el trabajador por un despido de forma injustificada.
¿Qué cantidades incluye el finiquito?
Los conceptos o cantidades que suele incluir el finiquito son las siguientes:
- Salario del último mes trabajando.
- Parte proporcional de pagas extraordinarias que corresponde al trabajador a la hora del cese.
- Vacaciones no disfrutadas por parte del trabajador, calculándose desde el día 1 de enero. Su correspondencia es de 2,5 días por mes trabajado, aunque se descontará las que sí haya disfrutado.
- Cualquier otra cantidad que quedase pendiente como los pluses, las horas extraordinarias, etc.
¿Cómo se calcula el finiquito?
Son tres las principales situaciones en las que recibirás el finiquito (baja voluntaria, despido o fin del contrato). Si quieres saber cómo calcular el finiquito de lo que te corresponde en cada una de ellas, a continuación te lo explicamos.
Por fin de contrato
Si se acaba el contrato, para calcular finiquito que te corresponde tendrás que seguir los siguientes pasos:
- Calcular la nómina del mes en curso.
- Calcular las vacaciones: sabiendo que a todos los trabajadores le corresponden 30 días por cada año de trabajo.
- Calcular las pagas extraordinarias: a la gran mayoría de trabajadores le corresponden dos pagas extraordinarias, la de Navidad y la de verano.
Por baja voluntaria
Si el trabajador se despide por baja voluntaria, el finiquito estará formado por el salario del mes en curso, las pagas extraordinarias que le correspondan y las vacaciones no disfrutadas.
Por despido: objetivo o improcedente
Si el trabajador es despedido tendrá derecho a una indemnización la cual se calculará con el salario bruto anual, los años de antigüedad del trabajador y el tipo de despido.
En el caso del despido objetivo, al trabajador le corresponden 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades mientras que en el caso de un despido improcedente, la indemnización serán 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
REFLEJADO EN EL ARTÍCULO 49 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
El finiquito no es solo un recibo por la cantidad percibida sino que también es una prueba escrita de la voluntad de ambas partes por dar finalizada la relación laboral, con un valor liberatorio por ambas partes. La voluntad del trabajador debe quedar constatada de forma inequívoca y clara, sin verse afectada por la existencia de algún vicio en el consentimiento.
Por ejemplo, en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores se recoge que el contrato de trabajo se va a extinguir por el mutuo acuerdo de las partes, pero según a jurisprudencia solo se necesitará el consentimiento no viciado de las partes.
Aunque el finiquito es un documento obligatorio que no tiene un formato oficial ni requiere de forma legal concreta pero sí debe tener unos contenidos mínimos que son los siguientes:
- Datos identificativos tanto de la empresa como el trabajador (es decir, el número de identificación de ambos, dirección de la empresa y número de Seguridad Social del trabajador).
- Remuneraciones devengadas por el trabajador y todavía no percibidas, como salarios no abonados, días de vacaciones no disfrutados, partes proporcionales de las pagas extra pendientes de vencimiento, las primas de productividad, las horas extraordinarias, la indemnización por despido si la hubiere y cualquier otra cantidad pendiente de pago fruto de cualquier motivo. La indemnización se puede plasmar en el finiquito, reflejarse en un documento independiente o en la propia carta de despido. Esta indemnización está exenta de cotizar y tributar, al contrario que el resto de conceptos de finiquito.
- Deducciones que se deben hacer al trabajador por motivos como anticipos concedidos, vacaciones disfrutadas de más, incumplimiento del preaviso de la baja voluntaria, retenciones fiscales de todas las percepciones (excepto por la indemnización).
- Cantidad a liquidar, una vez confrontados los devengos y las deducciones. Esta cantidad debe ser abonada en el mismo momento de la firma, a través de talón bancario o en efectivo.
- Firmas de ambas partes. Así cuando el trabajador firma, acepta el importe de la liquidación y renuncia a percibir cualquier otro pago que le correspondiese. Si no estás de acuerdo, podrás añadir «recibo no conforme», que permitirá posibles reclamaciones futuras.
¿Qué pasa si no firmas el finiquito?
Muchos trabajadores, cuando no están de acuerdo con el despido, se ven frente a un finiquito y se preguntan si es obligatorio o no firmarlo. La respuesta es que no es obligatorio firmarlo.
Si se firma, esto no implica la aceptación del despido sino la aceptación de la liquidación. Aunque muchas empresas incluyen en el finiquito fórmulas como «con la firma de este documento se dan por saldados y finiquitados todos los conceptos sin cabida de reclamación ninguna» o «el trabajador declara extinguida su relación laboral sin que nada tenga que reclamar a la empresa, por ningún concepto».
Si te encuentras en esta tesitura, lo primero que debes hacer es leer detenidamente el documento y luego comprobar que los conceptos y cuantías del finiquito cuadran, así como evidenciar que el dinero se ha puesto a tu disposición en ese momento y no con la promesa de una pago futuro.
Asimismo, tendrás derecho a que un representante esté presente para poder asesorarte y si no es posible y tienes dudas, puedes negarte a firmarlo o hacerlo siguiendo el siguiente procedimiento:
- Si no se está de acuerdo, pon «No conforme».
- Si no estás seguro de que las cuantías que figuran sean las correctas, pon «Pendiente de comprobación»
- Si no recibes el dinero en ese momento, pon «Cuantías no recibidas».
Antes de firmar, pon la fecha en la que se firma.