¿Cómo darte de alta como autónomo? Estos son todos los pasos que debes seguir

¿Cómo darte de alta como autónomo? Modelo 037

¿Cómo darte de alta como autónomo? Estos son todos los pasos que debes seguir

¿Cómo darte de alta como autónomo? Modelo 037

El trabajo freelance o como autónomo está en alza y es una tendencia que va aumentando cada año. Lo que está claro es que las nuevas tecnologías están eliminando empleos totalmente tradicionales y que automatizan tareas que antes eran presenciales pero ahora ya no hace falta que el trabajador acuda a la oficina.

Esto está dando lugar a que el autoempleo sea una realidad muy extendida en muchos países como, por ejemplo, Estados Unidos y Reino Unido. Aunque, hoy en día, también es una tendencia que se está siguiendo en otros países y España es uno de ellos. Así que seguro que serán muchas las personas que, en algún momento, se hayan planteado el tener que darse de alta como trabajador autónomo para poder ofrecer sus servicios o incluso para trabajar en cualquier empresa. 

A priori, puede que te asuste el hecho de tener que darte de alta como trabajador autónomo pero esto es algo que no debería preocuparte. Si quieres saber cómo darte de alta de forma sencilla y haciendo todos los trámites necesarios para así constituirte como empresario individual como persona física.

¿Quién debe darse de alta como autónomo?

Básicamente, se pueden diferenciar dos altas distintas las que se pueden generar en el ejercicio de la actividad económica. Estas son:

  • Alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Alta en el censo de empresas y empresarios en la Agencia Tributaria.

Lo que está claro es que, como norma general, las personas físicas que realicen, por cuenta propia, una actividad económica o profesional a título lucrativo, es obligatorio que estén dados de alta en Hacienda y es que, de lo contrario, se arriesgan a posibles comprobaciones, inspecciones, liquidaciones y sanciones por parte de Hacienda.

Primeros pasos: alta en Hacienda y en Seguridad Social

Así que el primer paso va a ser tramitar tu alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Hacienda y es que sin este paso no podrás emitir facturas ni empezar tu actividad económica. Para completar este paso tendrás que cumplimentar los modelos 036 y 037 en la Agencia Tributaria.

Dependiendo del tipo de actividad o negocio que pretendas iniciar, te corresponde un epígrafe de Actividades Económicas (IAE) y esto es algo muy importante si no quieres tener posteriores problemas con Hacienda.

A partir de estos dos modelos, se deberá indicar cuál será el tipo de actividad que se realizará. Estas actividades se identifican mediante un código IAE (Impuesto de Actividades Económicas) y es un código que permite a la Agencia Tributaria para identificar la actividad que vas a desempeñar.

Las actividades profesionales son aquellas para cuyo ejercicio se exige estar en posesión de una cualificación profesional acreditada. Esto no quiere decir que necesites un título. Eso sí, lo que debes tener claro es que los rendimientos de actividades profesionales son los obtenidos mediante el ejercicio libre de la profesión, siempre que esto suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción y recursos humanos o uno de ambos.

El tipo de IRPF a retener en las facturas es del 15%, aunque, durante sus primeros tres años como autónomo, el trabajador puede realizar retenciones del 7%. También debes saber que si, al menos, el 70% de su facturación ha estado sujeta a retenciones de IRPF, el autónomo profesional queda exento de realizar el modelo 130 del IRPF trimestral.

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Tras darte de alta en Hacienda, dispones de un plazo de 30 días para darte de alta en la Seguridad Social, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Tendrás que presentar el modelo TA0521. Este, a su vez, dispone de diferentes versiones en función del tipo de trabajador por cuenta propia que seas. Básicamente, es un modelo que en sí es una declaración de inicio o cese de actividad dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y que puede entregarse en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o por Internet, con un certificado digital o Cl@ve.

Este modelo debe cumplimentarse a máquina o con letras mayúsculas si lo rellenas a mano. No puede presentar tachones ni correcciones y los espacios sobre fondo gris deben ser cumplimentados por la Administración de la Seguridad Social. La documentación adicional que se deben entregar, como autónomo, al presentar este modelo es el DNI o Pasaporte, permiso de trabajo (si fuera preciso) y la copia de cualquier documento o medio de prueba que determine la procedencia del alta, baja o modificación de datos.

¿Qué son las actividades empresariales?

Las Actividades Empresariales son actividades diferentes de las Actividades Profesionales y ejemplos de ello son la hostelería, comercio y distribución, fabricación, etc. Todas ellas estarían encuadradas como actividades empresariales. En el caso de este tipo de actividades no existe obligación de realizar retención de IRPF en las facturas de venta a otros profesionales o empresas, pero sí habría que realizar trimestralmente pagos a cuenta de IRPF mediante modelo 130 de IRPF.

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Básicamente, se podría decir que estos son algunos de los puntos a tener en cuenta a la hora de darte de alta como autónomo y que te ayudarán mucho a la hora de hacer el trámite de darte de alta como profesional autónomo.

  • Ejercicio de una actividad económica por cuenta propia: bien como actividad profesional o empresarial. Esto tiene implicaciones fiscales y laborales que deberás valorar antes de dar ningún paso.
  • Toda tu actividad económica requiere alta en la Agencia Tributaria en el Censo correspondiente. El elegir un epígrafe u otro de actividades económicas determina el régimen fiscal que debes aplicar. Incluso puedes optar a diferentes regímenes.
  • Algunas actividades económicas levan asociadas altas en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, aunque no todas. Es importantes valorar las circunstancias de cada paso para así decidir el momento de alta y conocer las bonificaciones aplicables a cada caso, si las hubiera.
  • Cuando se haya realizado el alta, se derivan una serie de obligaciones fiscales que deben ser cumplimentadas correctamente e ingresados los impuestos correspondientes en cada caso. Por eso es imprescindible gestionar bien estas obligaciones y no dejar las cosas a un lado. 

Es por ello por lo que es muy importante que el trabajador autónomo cuente con un asesor especializado que sepa tramitar todos sus documentos e impuestos de la mejor forma posible para así no tener ningún problema en el futuro.