¿Qué es la domiciliación bancaria?

Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA

¿Qué es la domiciliación bancaria?

¿QUÉ ES LA DOMICILIACIÓN BANCARIA?

La domiciliación bancaria es una de las formas más comunes de cobrar el salario hoy en día y se trata, básicamente, de una orden permanente para que un banco haga un pago de una cantidad determinada a intervalos regulares. Es decir, se trata de una forma de pago consistente en dar la orden al banco para que atienda periódicamente, hasta nuevo aviso, todos los recibos de una empresa, administración o particular.

Principales características de la domiciliación

Algunas de las características que presenta una domiciliación bancaria son:

  • Son pagaderas a su presentación.
  • Debe existir una orden expresa de consentimiento de recibo bancario.
  • Deben constar los datos completos del cliente.

Al tratarse de un servicio bancario, la persona puede modificar condiciones y pagos y rechazar órdenes si así lo estima oportuno o no se ajusta al contrato. Son varias las figuras que entran en juego en la domiciliación:

  • Ordenante: es el que emite las domiciliaciones.
  • Presentador: es quien realiza el acto de presentar la domiciliación, suele coincidir con el ordenante o puede ser un subcontratista del anterior.
  • Cliente o deudor: es quien debería realizar el pago, es decir, el adeudo de cuenta.
  • Adeudo: es el recibo bancario a pagar/cobrar.

¿Cuál es el origen de la domiciliación bancaria?

Se expandieron, básicamente, como forma de simplificar los trámites y transacciones de pagos periódicos entre clientes y servicios, una forma segura y cómoda de atender los pagos de manera automática y también una forma de llevar un mayor control bancario de las finanzas y pagos.

Con la domiciliación bancaria lo que se hizo fue sustituir, en buena parte, a los pagos metálicos presenciales y a la figura del cobrador de recibos, que se encargaba de recoger los ingresos de los ordenantes y que, habitualmente, eran subcontratados a cambio de una comisión fija sobre la cantidad recaudada.

¿Qué tipo de domiciliaciones existen?

Algunas de las domiciliaciones que existen son:

Domiciliación bancaria de impuestos

Ante Hacienda, trimestralmente deberás presentar los modelos tributarios y es por eso lo que la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de domiciliar el pago de tus impuestos, para que no te preocupes por emitir el pago. Podrás domiciliar el pago de tus impuestos el mismo mes que debes presentar los modelos tributarios, siempre y cuando especifiques que quieres hacer la domiciliación bancaria antes del día 15 del mes, tal y como especificamos en el post sobre cómo proceder al pago de los impuestos.

Adeudo por domiciliación SEPA

Este tipo de adeudos se refieren a aquellas domiciliaciones bancarias que cumplen con la norma SEPA. El mandato SEPA (Single Euro Payments Area), estableció un acuerdo para facilitar los pagos entre los países que se acogieron a la medida, entre los que se encuentran la domiciliación bancaria y el pago de remesas bancarias con la norma SEPA.

Norma SEPA

Desde que se implantó la norma SEPA, las domiciliaciones bancarias pasaron a llamarse Adeudos Directos y cumplen con la Norma SEPA. Esta nueva domiciliación añade un cambio que es el IBAN y el Código de Identificación Bancaria (BIC) para emitir una orden de domiciliación SEPA.

  • El IBAN (International Bank Account Number) es el número de cuenta que el cliente o proveedor usa para domiciliar los ingresos o gastos.
  • Código de Identificación Bancaria (BIC): es el número que identifica el cambio.

Adeudos directos básicos o CORE

Se trata de una operación de pago que se inicia por el acreedor (es decir, el beneficiario) y que se dirige a un cliente final. Generalmente, se produce cuando se presta un servicio a un cliente final.

Adeudos SEPA

En este tipo de adeudo se distinguen dos tipos en función de quién sea el acreedor (persona que recibirá el pago) y quién el deudor (el pagador). Se encuentran los adeudos directos básicos y los adeudos directos B2B.

Adeudos directos B2B

Son operaciones entre empresas o autónomos en las que ambas partes han acordado hacer la transacción comercial.

¿Qué tener en cuenta al domiciliar tus recibos?

Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA

Aunque no lo creas, ni siquiera vas a tener que acudir al banco personalmente para domiciliar un pago previsto. Por ejemplo, cuando compras a plazos o contratas un servicio que va a generar la emisión de recibos, tu acreedor te facilitará un documento donde deben figurar tus datos personales y los de tu cuenta bancaria. Una vez hayas firmado, este documento supone tu autorización para cargar ese pago en tu cuenta.

Las entidades bancarias también te ofrecen la posibilidad de rellenar, de forma sencilla, la orden de pago y, en el momento que la firmes, comenzarán a llegar los recibos que te interesa tener en cuenta.

Para domiciliar un recibo, el requisito básico es que seas titular de la cuenta y que facilites no solo el número sino los códigos BIC e IBAN, incluidos en los 20 dígitos que debe tener el número que facilites y, lógicamente, para que tus recibos sean convenientemente abonados, tendrás que tener fondos suficientes.

¿Cómo hacer una domiciliación bancaria?

La orden de domiciliación es la orden inicial que debemos presentar para indicar la autorización de la domiciliación bancaria de dichos recibos. Para que una orden de domiciliación sea válida, debe incluir una serie de datos de forma obligatoria como son los siguientes:

  • Especificar en el encabezado que se trata de una orden de domiciliación de adeudo directo SEPA.
  • Referencia de la orden de domiciliación. Es decir, es el número de documento de la orden de domiciliación y es un número único que combina 35 caracteres (números y letras).
  • Datos del acreedor: identificador (es un código asignado por el banco), nombre del acreedor y dirección del acreedor.
  • Datos del deudor: su nombre y dirección.
  • Código de la entidad: banco al que se emitirán los cargos.
  • IBAN de la cuenta del deudor.
  • Tipo de pago: indicar si se trata de un pago recurrente o único.
  • Fecha y lugar.
  • Firma.

¿Puedes dar de baja una domiciliación?

Siempre que quieras dar de baja una domiciliación, tendrás que comunicárselo a la entidad bancaria, directamente en la sucursal, rellenando el correspondiente impreso o vía Internet.

Intenta no hacerlo por teléfono, para que, de otra forma, quede constancia de la retirada de autorización de pagos de recibos futuros. Además, podrás dar la orden expresa de «Rechazo».