02 Jul Conoce todo sobre el Ingreso Mínimo Vital
Después de la crisis provocada por el Coronavirus has escuchado en un sinfín de ocasiones sobre el Ingreso Mínimo Vital (IMV por sus siglas) y que fue aprobado por el Congreso de los Diputados. Pero ¿qué es y en qué consiste? ¿cuáles son los requisitos necesarios para poder acceder a él? No te preocupes porque si te surgen dudas sobre ello, a continuación te vamos a ofrecer la respuesta a estas preguntas y todo lo que necesitas saber sobre este ingreso que va a ayudar a más de 850.000 familias en España.
¿En qué consiste el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?
Básicamente, se puede decir que el IMV (o Ingreso Mínimo Vital) es una prestación de entre 461 y 1015€ dirigida a familias y ciudadanos individuales en situación de vulnerabilidad económica. Si quieres acceder a esta ayuda, se tienen en cuenta algunos requisitos como, por ejemplo, los ingresos declarados en el año 2019 o una media de los meses del 2020, para que así se puedan beneficiar de esta ayuda quienes se hayan visto reducidos sus ingresos debido a la pandemia.
Como hemos indicado antes, la cuantía mínima es de 461,53€ mensuales para una persona sin ningún tipo de ingreso ni patrimonio y también sin familiares a su cargo. Mientras que la cuantía máxima de la prestación será de 1015,37€ al mes y sería para una persona en la misma situación a nivel de ingresos pero en cuya unidad familiar hubiera 5 o más integrantes sin ingresos.
Eso sí, la Seguridad Social ha llegado incluso habilitar 14 categorías para las diferentes particularidades que se puedan dar. Asimismo, si la persona que vaya a solicitar el IMV tiene otros ingresos, la renta mínima va a modular los ingresos, pero siempre respetando los mínimos establecidos.
Requisitos para su solicitud
Al igual que cualquier tipo de ayuda, existen una serie de requisitos mínimos para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Si quieres saber cuáles son, básicamente, se podrían destacar los siguientes:
- Tener un ingreso inferior a 200€ por persona al mes o que los ingresos familiares estén por debajo de los 450€ de media.
- Hay que tener residencia legal en España de al menos un año de forma ininterrumpida, excepto en situaciones de violencia de género, trata con fines de explotación sexual y víctimas de explotación sexual.
- También se tiene en cuenta la prestación individual y por hogar. Las individuales son para personas de entre 23a 65 años que viven solas y hayan vivido independientes durante al menos 3 años antes o que hayan iniciado los trámites de separación o divorcio. Por su parte, las colectivas la cobrará un máximo de 2 personas por «unidad de convivencia», por hogar de entre 23 y 65 años o mayor de edad si tiene hijos a su cargo. Los ingresos totales deben ser inferiores a 5538€ o a 12184€ si hay más de 3 hijos o son varios adultos mayores al cargo «por consanguinidad o afinidad».
¿Existen límites para solicitarlo?
El principal requisito para solicitar el Ingreso Mínimo Vital es sufrir vulnerabilidad económica. Dicha vulnerabilidad se comprueba tomando en cuenta la capacidad económica de quien lo solicita o la unidad de convivencia, siempre sumando los ingresos de todos sus miembros. Pero hay ciertos límites que existen a la hora de solicitar esta ayuda. Dichos límites son los siguientes:
Tener un patrimonio elevado
Es decir, no se consideraría como vulnerable económicamente a una persona que sea titular de un patrimonio, sin incluirse la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el Ingreso Mínimo Vital para una persona beneficiaria individual.
En el caso de unidades de convivencia, no se considera en situación de vulnerabilidad económica cuando sean titulares de un patrimonio, sin incluir la vivienda, valorado en un importe igual o superior al determinado en función del tamaño y configuración de la unidad de convivencia.
Ingresos
El promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior debe ser inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el Ingreso Mínimo Vital que corresponda según modalidad y número de miembros de la unidad de convivencia. No se tendrán en cuenta como ingresos los salarios sociales, rentas mínimas de inserción y ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas.
¿Qué documentación necesitas para solicitarlo?
Si quieres solicitar este Ingreso Mínimo Vital, tendrás que aportar alguna documentación, la cual es la siguiente:
- DNI o NIE en el caso de extranjeros para acreditar tu identidad.
- Certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad, para acreditar la existencia de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento donde consten las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad, para acreditar el domicilio en España.
- Inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o tarjeta de identidad de extranjeros para acreditar la residencia legal en España.
- Libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos o inscripción en el registro civil de los hijos o inscripción en el registro de parejas de hecho para acreditar la existencia de la unidad de convivencia.
¿Dónde me pueden informar sobre el Ingreso Mínimo Vital?
Existe el teléfono gratuito 900202222 para atender a tus demandas de información, aunque debes tener paciencia porque, actualmente, las líneas están saturadas.
Por otra parte, si necesitas comprobar si tienes derecho a esta ayuda, podrás utilizar el Asistente Virtual del Ingreso Mínimo Vital, donde tendrás que introducir tus datos circunstancias personales y la aplicación te adelantará si tienes derecho a la ayuda así como el importe a cobrar.
Como has podido comprobar, el Ingreso Mínimo Vital dependerá de los ingresos que tenga cada hogar, así que el Estado aportará la cantidad que falte para alcanzar el mínimo garantizado. Además se puede destacar que hay hasta 14 niveles diferentes de ayudas económicos. Antes de conceder la ayuda se analizan los ingresos y el patrimonio que tiene el solicitante y su unidad de convivencia y no se exige la nacionalidad española para recibirla.