28 Dic ¿Cómo debes rellenar el Modelo 347?
El Modelo 347 es el de operaciones con terceros. Se trata de un modelo informativo y que se rellena de forma anual. Si quieres aprender a hacerlo de forma manual, a continuación te vamos a enseñar cómo rellenarlo de forma correcta y todo lo que tienes que saber sobre este tema.
¿Qué es el Modelo 347?
El Modelo 347, como ya hemos dicho, se trata de un modelo informativo anual. En él se especifica la suma de operaciones realizadas con un cliente o proveedor que sean superiores a 3005,06€. Es por eso por lo que tenemos que agrupar las compras y ventas realizadas a lo largo del año con cada proveedor y cliente e indicar, en el Modelo 347 para Hacienda, si la suma de operaciones supera los 3005,06€.
¿Para que sirve?
Es por eso por lo que el Modelo 347 se puede definir como la declaración de clientes y proveedores, ya que ambas partes deben cumplimentar y presentar el Modelo 347 a la Agencia Tributaria.
¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 347?
El Modelo 347 lo deben presentar todos los empresarios y profesionales que hayan realizado operaciones superiores a 3005,06€ con un cliente o proveedor a lo largo del año. Las excepciones generales son estas que enumeramos:
- Quienes tengan la sede de su actividad económica fuera de España o no tengan presencia en el territorio español.
- Los obligados tributarios que hayan realizado exclusivamente operaciones no sometidas al deber de declaración, según lo dispuesto en el artículo 33, como por ejemplo no superar los 3005,06€ facturados a un cliente o proveedor a lo largo del año.
- Declaración del Modelo 347 de empresas que tributen por módulos.
Plazos de presentación del Modelo 347
El Modelo 347 se tiene que presentar, de forma anual, durante el mes de febrero. El plazo para presentar este modelo se extiende desde el inicio de febrero hasta terminar dicho mes. Es decir, la fecha límite de presentación del Modelo 347 dependerá del año en el que debas hacer la presentación del modelo. Si el mes de febrero tiene 28 días, la fecha límite de presentación del modelo.
Así que si el mes de febrero tiene 28 días, la fecha límite de presentación será el día 28. Aunque en el caso de que el mes de febrero tenga 29 días, el plazo de presentación de ese modelo se extenderá hasta ese día.
Información necesaria para rellenar el Modelo 347
Es necesario tomar los clientes y proveedores y ver la cantidad total facturada por ellos, por si esta es superior a los 3005,06€. En el caso afirmativo, separarás la cantidad facturada de o por cada uno en función del trimestre.
¿Qué se debe incluir en el Modelo 347?
En el Modelo 347 se incluye toda la información de las operaciones que has realizado con los clientes que superen los 3005,06€. A continuación te ofrecemos una lista con las operaciones a declarar en el Modelo 347.
Alquileres
- Si tienes un alquiler que supere los 3005,06€ anuales, contrariamente a lo que puedas pensar, no siempre tienes que presentar el Modelo 347 ante Hacienda. Presentar el Modelo 347, en este caso, va a depender de si se retiene IRPF en el alquiler o, del contrario, no se retiene IRPF.
- Si tienes alquiler con retención IRPF, no existe ninguna obligación de presentar este modelo ante Hacienda, en ningún caso (ni arrendador ni inquilino).
- Si el alquiler es sin retención de IRPF, se debe presentar el Modelo 347 ante la AEAT, tanto si eres el arrendador como el inquilino.
Subvenciones
Todas aquellas subvenciones recibidas que superen los 3005,06€ también se deben reflejar en el Modelo 347. Si has cobrado alguna subvención por parte del Estado durante el año, deberás reflejarlo en el Modelo 347, que quedarán constantes en la Clave E.
Esto no exime a las asociaciones sin ánimo de lucro que hayan recibido subvenciones, de presentar el Modelo 347. Por tanto, todas las asociaciones deben rellenar y presentar este modelo ante la AEAT.
Exportaciones
De igual forma, se deben reflejar todas las exportaciones, ya sean ventas de productos o servicios, se deberán reflejar en el Modelo 347.
Operaciones intracomunitarias
Las operaciones intracomunitarias no se deben reflejar en el Modelo 347. No obstante, sí se deben declarar ante Hacienda pero se hará en las casillas correspondientes del Modelo 303 de IVA y en el Modelo 349 de operaciones intracomunitarias.
El Modelo 349 es un modelo que puedes entregar de forma mensual, trimestral o anual, en función del importe de las entregas.
Intereses de préstamos
Los intereses de los préstamos recibidos durante el año, sí deben reflejarse en el Modelo 347 de operaciones con terceras personas.
Fundaciones
Al igual que ocurre con las subvenciones, las fundaciones también deberán informar de las operaciones, rellenando el Modelo 347.
¿Cómo rellenar el Modelo 347?
En la primera página del Modelo 347, tendrás que rellenar algunos datos como son los siguientes:
- Identificación.
- Declaración Complementaria o sustitiva del Modelo 347.
- Resumen de los datos.
- Fecha y firma.
En la segunda página, en relación de declarados, tendrás que detallar tu NIF, así como el ejercicio y la relación de hojas. Entre esos datos, se incluyen:
- NIF declarado.
- NIF representante.
- Nombre o razón fiscal.
- Provincia.
- País.
- Clave Operación.
La tercera página es la de relación de inmuebles y en ella tienes que rellenar estos datos:
- Datos identificativos.
- Información del Declarado.
¿Cómo presentar el Modelo 347?
Para poder presentar el Modelo 347 a la Agencia Tributaria, debes acceder a la página de la AEAT que corresponde al Modelo. Entre las opciones disponibles, eliges la de Presentación. Deberás identificarte con certificado electrónico, con Clave PIN o con DNI electrónico.
Cuando accedas, tendrás dos opciones. Si ya tienes el archivo en TXT debes importarlo y si no dispones del archivo, tendrás que empezar una nueva declaración introduciendo tu NIF y haciendo clic en «Aceptar».
Una vez lo hayas rellenado, haz clic en «Firmar y enviar», situado en la parte inferior de la pantalla. Entonces te aparecerá una pantalla para confirmar el envío, donde deberás marcar el botón de «conforme» y hacer clic en «Firmar y enviar» para presentar el Modelo 347 a la Agencia Tributaria.