
19 Ene ¿Sabes en qué consiste la figura del autónomo desplazado?

Seguro que alguna vez has escuchado hablar de la figura del autónomo desplazado. ¿Sabes en qué consiste? Si la respuesta es no, no te preocupes porque si no dejas de leernos vas a entender en qué consiste este tipo de autónomo y todo lo que tienes que saber sobre él por si en algún momento te encuentras en esta situación.
¿Qué es el autónomo desplazado?
Básicamente, se puede decir que si eres autónomo español pero desarrollas tu actividad en otro país. Entonces, puede que te encuentres en una situación de autónomo desplazado. Pero debes estar tranquilo ya que la Agencia Tributaria recoge esta situación para que esté regulada y sea totalmente legal.
Así que se podría definir al autónomo desplazado como aquel profesional por cuenta propia que, estando dado de alta como autónomo en España, está desarrollando una actividad profesional o laboral fuera del territorio español.
Según recoge el Parlamento Europeo sobre la coordinación de los sistemas de Seguridad Social, un autónomo español puede trabajar temporalmente en otro país comunitario o en Suiza. El único requisito que se impone es que, en el momento que decidas residir temporalmente, en otro país, debes notificarlo a la Seguridad Social.
Si te desplazas a un país de fuera de la Unión Europea, deberás conocer cómo están contempladas estas situaciones en el convenio entre España y el país de destino. Para que te hagas una idea, la Subdirección General de Afiliación de la Seguridad Social, en convenio con Estados Unidos, te expedirá un formulario de sometimiento a la Seguridad Social española durante un período de tiempo determinado.
Seguridad Social del autónomo desplazado

La Seguridad Social contempla estancias en el extranjero de hasta 2 años en situación de autónomo desplazado, siempre que se comunique a la Seguridad Social el desplazamiento.
Para ello, tendrás que solicitarlo a través del modelo TA.300 ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la expedición del formulario E-101 Certificado de legislación aplicable. Básicamente, se trata de un certificado de desplazamiento para autónomos que acredita que continúas sometido a la legislación española de Seguridad Social durante tus desplazamientos a otros países miembros de la Unión Europea.
Esto lo que significa es que estás exento de cotizar a la Seguridad Social del país al que vas a trabajar. Aunque si ejerces tu actividad fuera de la Unión Europea, deberás consultar el convenio de España con la Seguridad Social de dicho país.
Si seguimos con el ejemplo de Estados Unidos, deberás solicitar allí, ante la la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones el modelo TA.300. Este modelo se llama «Solicitud de información sobre la legislación de Seguridad Social aplicable» y acompañará al «formulario E/USA-1: Certificación relativa a la legislación aplicable».
Así que dependiendo de cada país, el convenio puede ser uno u otro, por eso es recomendable que revises las leyes que hay al respecto, en tu país de destino. Lo que tienes que tener en cuenta es que si te desplazas a algún país europeo, tendrás asegurada la asistencia sanitaria, usando la tarjeta sanitaria europea u obteniendo el reembolso de los gastos sanitarios.
Cómo cotiza una autónomo desplazado
La Agencia Tributaria ha puesto límites a los autónomos desplazados para así evitar fraudes con la administración pública. Así que, en este sentido, la cotización en España, trabajando fuera, está limitada a 1 año en la mayoría de los casos.
Así que si te encuentras en la situación de autónomo desplazado, estas son las diferentes soluciones a las que puedes optar:
- Darte de alta en el país donde vayas a desarrollar tu actividad y pagar allí las cotizaciones. Esto supondrá que, en el momento de la jubilación, tendrás que iniciar trámites con esa administración extranjera y todo lo que conlleva un proceso similar.
- Puedes solicitar una prórroga a la Seguridad Social, si sabes que el proyecto va a durar más de un año o si prevés estar más tiempo. Deberás efectuar tu solicitud mediante el modelo TA.300. También es necesario tener la tarjeta sanitaria europea en vigor.
- La última alternativa es volver a España, darte de baja como autónomo, estar 2 meses sin ejercer ninguna actividad y volver a reanudar la actividad paso ese período.
Cualquiera de estas soluciones te permitirá poder ejercer tu actividad profesional como autónomo en cualquiera de los países comunitarios.
Dónde tributan los autónomos desplazados

Si eres autónomo desplazado y quieres saber dónde debes tributar, necesitas conocer dónde tienes la residencia fiscal. Si sigues siendo residente fiscal en España deberás seguir tributando aquí.
El principal criterio que determina en qué país tienes que tributar es la estancia de más de 183 días en territorio nacional (criterio que no se cumplirá en caso de ser autónomo desplazado), pero no es el único.
Aunque si no es tu caso y no estás viviendo en España, puedes seguir conservando tu domicilio fiscal en los siguientes casos:
- Si tienes el núcleo principal o la base de tus actividades o intereses económicos en España de forma directa o indirecta.
- Si estás más de 183 días al año en el territorio nacional.
- Si estás casado y tu cónyuge vive en España.
- Si tienes hijos que residan habitualmente en el país.
Al cumplir cualquiera de estos requisitos, tu domicilio fiscal sigue siendo español y estás obligado a pagar tus impuestos en España. Si no cumples ninguna de estas circunstancias y eres autónomo español no residente se considerará que vives en el país de destino y tus rendimientos tributarán en dicho país.
Y si mantienes rentas obtenidas en España (como por ejemplo el alquiler de un piso), debes presentar en España los impuestos reducidos de sus rendimientos a través el Impuesto de la Renta de los No Residentes (IRNR).
Declaración de IVA para autónomos desplazados
Si tu residencia fiscal está en España por alguno de estos casos y estás desarrollando tu actividad fuera del país, los gastos con IVA intracomunitario se deben contabilizar como gasto sin factura por el todo. Además, estos gastos deberás incluirlos en la Declaración de la Renta.
Si pasas a ser no residente español, deberás consultar la legislación de ese país. En esta situación es interesante que estés dado de alta en el ROI, es decir, en el Registro de Operadores Intracomunitarios.
Así las compras que realice tu negocio a otras empresas comunitarias estarán exentas del IVA y viceversa.
Lo que queda claro es que si eres autónomo y te propones trabajar temporalmente en un país miembro por más de dos años, debes notificarlo a la Seguridad Social y decidir cómo quieres gestionar tu situación con respecto a la cotización.