
01 Jul ¿Qué es el paro de los autónomos? ¿Cómo se puede solicitar?

Aunque se puede creer lo contrario, los trabajadores autónomos sí tienen derecho a cobrar el paro. Esta es una prestación que se conoce como cese de actividad. Aunque eso sí, es un tipo de prestación que genera cierta controversia porque no se concede de forma automática cuando finaliza la actividad por cualquier tipo de motivo.
Es decir, el trabajador autónomo tendrá que cumplir una serie de requisitos y aportar la documentación necesaria que acredite dichos requisitos. Si quieres conocer cuáles son los requisitos y cómo puedes documentarlos, a continuación te lo vamos a explicar a lo largo de este artículo. Así que, ¡no dejes de leernos!
Cese de actividad de autónomo, ¿en qué consiste?
El cese de actividad de un autónomo es una protección, por parte de la Seguridad Social, para los trabajadores autónomos que han dejado de trabajar de forma involuntaria y bajo ciertas condiciones. Se presenta bajo la forma de una prestación económica durante determinados meses en función de la base de cotización y el tiempo durante el cual el trabajador haya estado cotizando.
Esta ayuda no se queda solo ahí, sino que igualmente al trabajador se le ofrece actividades formativas que le sirven para mejorar su empleabilidad.
En el caso de los autónomos es más complicado conseguir el paro que para los trabajadores por cuenta ajena. A estos últimos solo les basta acreditar un despido por causas ajenas al empleado (dejar de trabajar en una empresa voluntariamente no sirve para conseguir la prestación por desempleo). A los profesionales autónomos se les exige una serie de requisitos más como son los siguientes que a continuación te enumeramos.
Divorcio o separación matrimonial
Cuando los dos cónyuges trabajaban en la misma empresa y, a causa de la separación o divorcio, uno de ellos deja de trabajar en el mismo. Dicha ayuda solo se consigue si la prestación se solicita en los seis meses siguientes a la resolución judicial de separación o divorcio.
A causa de violencia de género
Las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género que se vean abocadas a un cese de actividad también podrán solicitar esta ayuda. Hará falta presentar la documentación que acredite haber sido víctima de violencia de género.
Pérdida de licencia administrativa
Para ejercer determinadas actividades es requisito indispensable poseer una licencia. Por tanto, su pérdida implica no poder continuar con el trabajo y, por tanto, hace que el trabajador autónomo tenga derecho a paro. No será válido cuando la pérdida de licencia venga motivada por la comisión de un delito.
Causas económicas, organizativas, de producción o técnicas
Es decir, cuando se produzcan unas pérdidas superiores al 10% de los ingresos por la actividad al menos o exista una resolución judicial de concurso que impida el desarrollo de la misma. Igualmente, puede ser una causa económica el contar con al menos un 30% de deuda reconocida en el ejercicio anterior.
Causas de fuerza mayor
Se incluirían todos los motivos ajenos completamente a la voluntad del trabajador y que han sido imposibles de prever. Es importante tener en cuenta que esta causa ha de ser acreditada a través de un organismo radicado en el mismo territorio que el trabajador. Por otro lado, cabe destacar que ni un enfermedad sobrevenida ni una crisis económica pueden ser consideradas como causa de fuerza mayor.
Requisitos para acceder al paro del autónomo

Básicamente, los requisitos que ha de cumplir la persona solicitante para poder ser beneficiaria del cese de actividad.
Cotizar por el cese de actividad
Todos los autónomos cumplen este requisito ya que es obligatorio para casi todos los casos, salvo para trabajadores agrarios y socios de cooperativas incluidas en el RETA, que es opcional. Si estás en uno de los dos casos, deberás verificar que has cotizado para el cese de actividad.
Llevar, al menos, más de 12 meses, cotizando de forma ininterrumpida en el RETA en los meses anteriores al cese de actividad
Por supuesto, durante estos 12 meses, se han de haber pagado las cuotas a la Seguridad Social. En caso de que se tengan deudas, antes de solicitar la prestación se han de saldar si se quiere conseguir la prestación.
Firmar un compromiso por el que se compromete a estar disponible para la reincorporación al mercado laboral cuando sea posible.
Si se ha recibido una prestación por cese de actividad anteriormente
Esta no ha de haber sido iniciada en los 18 meses anteriores salvo en los casos en los que se solicite una continuación de la prestación anteriormente concedida.
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Cómo solicitar el paro siendo autónomo
Se debe solicitar la prestación por cese de actividad a la mutua a la que te afiliaste en el momento de darte de alta en el RETA. Es por eso por lo que debes acercarte a una de sus oficinas o bien realizar la solicitud a través de su página web. En ambos casos, debes cumplimentar un formulario y presentar la documentación acreditativa que justifique tu cese de actividad.
Lo que tengas que presentar será distinto en función de los motivos que concurran en tu caso particular. Por ejemplo, si se ha producido un cese de actividad por causas económicas, se puede presentar la declaración trimestral del IRPF con la que se acredita una pérdida de ingresos.
Cuando ya hayas remitido toda la documentación, tendrás que esperar a la resolución por parte de la Seguridad Social. Normalmente, el plazo establecido para la resolución del mismo es de 30 días pero, dado que se considera que esta prestación no debe demorarse demasiado, la Seguridad Social siempre trata de resolverlo en el mínimo plazo posible.
Solo existen dos excepciones en las que la solicitud del cese de actividad se debe hacer en otro organismo diferente a las mutualidades. Estas excepciones son las siguientes:
- En el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en los casos en los que la contingencia por el cese de actividad se cubran por parte del INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
- En el Instituto Social de la Marina cuando el trabajador haya tenido que realizar sus contingencias en dicha institución.
Nacimiento y duración del paro para autónomos

El tiempo durante el que el trabajador autónomo podrá gozar de su prestación vendrá determinado por el tiempo cotizado. Esto significa en función de los meses que haya cotizado, mayor será el tiempo durante el cual recibirás la prestación. Los baremos son los siguientes.
- Prestación de 4 meses para cotización de 12 a 17 meses.
- Prestación de 6 meses para cotización de 18 a 23 meses.
- Prestación de 8 meses por haber cotizado de 24 a 29 meses.
- Prestación de 10 meses para cotización de 30 a 35 meses.
- 1 año de prestación por haber cotizado de 36 a 42 meses.
- 18 meses de prestación por una cotización de 43 a 47 meses.
- Prestación de 2 años por haber cotizado 48 meses o más.
¿Cuál es la cuantía del paro para autónomos?
Por el cese de actividad se recibe una mensualidad que supone el 70% de la base de cotización. En 2021, la base mínima de cotización es de 944,40 euros mensuales y la máxima es de 4070,10 euros; lo mínimo que vas a cobrar es una prestación de 661,08€ al mes o un máximo de 2849,07€ mensuales.